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Qué es I+D y qué no lo es

La distinción que decide si un proyecto de IA da derecho a deducción o no.

Publicado el 19 de septiembre de 2026 · revisado el 19 de septiembre de 2026

Una actividad es I+D solo si cumple los cinco criterios del Manual de Frascati (OCDE, 2015): ser novedosa, creativa, incierta, sistemática y transferible. En proyectos de inteligencia artificial el criterio que casi nunca se cumple es el tercero — si no hay riesgo real de que técnicamente no funcione, no es I+D, por sofisticada que sea la implantación.

Los cinco criterios

CriterioQué exigeError habitual
NovedosaNovedad apreciable a nivel sectorial o globalConfundir "nuevo para nosotros" con "nuevo"
CreativaHipótesis y enfoques originalesAplicar procedimientos ya establecidos
InciertaIncertidumbre técnica genuina sobre el resultadoEl resultado está predeterminado y solo falta ejecutarlo
SistemáticaPlan, objetivos, recursos y calendario documentadosTrabajo real pero sin registro que lo acredite
TransferibleResultados documentados y reproducibles por tercerosTodo el conocimiento en la cabeza de una persona

Aplicado a la IA: lo que no es I+D

  • Implantar RPA, n8n, Make o Zapier, por complejo que sea el despliegue
  • Integrar un modelo de lenguaje vía API en un flujo de trabajo
  • Fine-tuning con técnicas estándar y documentadas
  • Configurar, parametrizar y desplegar herramientas existentes
  • Desarrollo de software a medida sin reto científico-técnico

Esto es, con diferencia, el motivo de rechazo más frecuente en proyectos de IA: la disponibilidad de modelos preentrenados y APIs hace que casi todo sea integrable sin riesgo científico. Que sea difícil no lo convierte en investigación.

Lo que sí podría serlo

La prueba está en poder escribir esta frase de forma honesta:

«El estado del arte —estas referencias concretas— resuelve X hasta el límite Y. Nuestra hipótesis es que Z permite superar Y. No sabemos si funcionará, y estos son los experimentos con los que lo mediremos y estos los umbrales cuantitativos de éxito o fracaso.»

Si no puedes escribirla con nombres, cifras y citas, el proyecto es innovación tecnológica, no I+D. Y eso no es un fracaso: es otro instrumento, con otro porcentaje de deducción y otra línea de financiación.

I+D frente a innovación tecnológica

I+D (art. 35.1 LIS)Innovación tecnológica (art. 35.2 LIS)
Novedad exigidaObjetiva: nueva para el sectorSubjetiva: basta que sea nueva para la empresa
IncertidumbreCientífico-técnica genuinaNo se exige
Deducción25 % general, 42 % sobre el exceso respecto a la media de los dos años anteriores, +17 % por personal investigador en exclusiva12 %
Instrumento típicoProyectos de I+D del CDTI, CerveraLínea Directa de Innovación

Cómo se acredita

  1. Certificación por una entidad acreditada por ENAC conforme a las normas UNE 166001 (proyectos) y UNE 166002 (sistemas de gestión de la I+D+i).
  2. Informe técnico emitido por esa entidad.
  3. Informe Motivado Vinculante del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Vincula a la Agencia Tributaria en cuanto a la calificación científico-tecnológica de la actividad, aunque la cuantificación de la base sigue siendo revisable.

Esto es una síntesis de fuentes públicas —Manual de Frascati de la OCDE, artículo 35 de la Ley 27/2014 y documentación del CDTI— y no constituye asesoramiento fiscal. Antes de aplicar una deducción, consulta con un asesor o plantea consulta vinculante a la Dirección General de Tributos.

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