AI Act: qué te obliga el artículo 50 desde agosto de 2026
Lo que ya aplica, lo que se aplazó y lo que circula mal contado.
Publicado el 12 de septiembre de 2026 · revisado el 19 de septiembre de 2026
Las obligaciones de transparencia del artículo 50 del Reglamento europeo de IA están en vigor desde el 2 de agosto de 2026. No se han aplazado. Si tu empresa tiene un chatbot en la web, un agente de voz o genera contenido con IA, te aplican hoy, y la sanción llega a 15 millones de euros o el 3 % de la facturación mundial.
Las tres obligaciones
1. Declarar que es IA
Cualquier sistema que interactúe con personas físicas debe informar de forma clara de que están tratando con un sistema de IA, salvo que resulte obvio por el contexto. En la práctica: visible al inicio de la conversación, no enterrado en el pie de página ni en los términos de uso.
2. Marcar el contenido sintético
Texto, audio, imagen y vídeo generados con IA deben marcarse en formato legible por máquina. Los sistemas ya en el mercado antes del 2 de agosto de 2026 tienen de plazo hasta el 2 de diciembre de 2026. Los deepfakes que representen personas, lugares o hechos reales deben divulgarse por parte del desplegador.
3. Emociones y biometría
Si usas reconocimiento de emociones o categorización biométrica, hay que informar a las personas expuestas y tratar los datos conforme al RGPD.
Lo que sí se aplazó
El llamado Digital Omnibus retrasó las obligaciones de los sistemas de alto riesgo: los autónomos del Anexo III al 2 de diciembre de 2027, y los integrados en productos regulados al 2 de agosto de 2028. No se aplazaron ni las prácticas prohibidas (febrero de 2025), ni las obligaciones de modelos de propósito general (agosto de 2025), ni el artículo 50.
La obligación de la que nadie habla
El artículo 4 obliga desde febrero de 2025 a proveedores y desplegadores a garantizar un nivel suficiente de alfabetización en IA de su personal. Formación documentada. No lleva sanción propia asociada, pero es lo primero que se pide cuando hay un incidente, y es trivial de cumplir si se hace a tiempo.
Proveedor o desplegador
| Si tú... | Eres | Y entonces |
|---|---|---|
| Encargas un agente y lo usas en tu empresa | Desplegador | Informas a los usuarios y registras el uso |
| Lo comercializas bajo tu marca | Proveedor | Asumes las obligaciones completas del sistema |
| Modificas sustancialmente un sistema de terceros | Puedes pasar a proveedor | Revísalo antes de tocar nada |
Qué hacer esta semana
- Inventaría los sistemas de IA que tu empresa ya usa de cara al público
- Comprueba que cada uno se declara como IA visiblemente
- Determina por escrito si eres proveedor o desplegador en cada caso
- Documenta la formación de tu personal (artículo 4)
- Revisa los contratos con tus proveedores de IA: ¿quién asume qué?
Síntesis de fuentes públicas a 19 de septiembre de 2026, no asesoramiento jurídico. Circula una fecha alternativa (2 de noviembre de 2026) para el artículo 50; las fuentes jurídicas coinciden en el 2 de agosto de 2026.
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